Artículo 4. Condiciones del personal.
Artículo 4 del Real Decreto 1074/2002, de 18 de octubre, por el que se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas. · BOE-A-2002-20858
Atención: Real Decreto 1074/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El personal que trabaje en tareas de captación, manipulación, conducción, control y envasado de las aguas objeto de esta disposición deberá cumplir lo dispuesto en el Reglamento de Manipuladores de Alimentos, aprobado mediante Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, que le sean de aplicación.
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