Artículo 4. Actuaciones objeto de subvención.
Artículo 4 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. · BOE-A-2018-3358
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-11.
Texto consolidado
Resultarán subvencionables las actuaciones que se enmarquen en alguno de los siguientes programas, siempre que cumplan los requisitos que se exigen para cada uno de ellos y dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes:
– Programa de ayuda al alquiler de vivienda.
– Programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual.
– Programa de fomento del parque de vivienda en alquiler.
– Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas.
– Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.
– Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural.
– Programa de ayuda a los jóvenes.
– Programa de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad.