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Real Decreto Vigente

Artículo 4. Circunstancias determinantes del establecimiento y la aplicación de obligaciones, requisitos e instrumentos de resolución.

Artículo 4 del Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por el que se modifica el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito. · BOE-A-2015-12056

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-08.

Texto consolidado

A la hora de establecer o aplicar las obligaciones y requisitos contemplados en la Ley 11/2015, de 18 de junio, o de utilizar los diferentes instrumentos de que disponen, los supervisores y autoridades de resolución competentes tomarán en consideración las siguientes circunstancias que puedan concurrir en una entidad:

a) La naturaleza de sus actividades.

b) La estructura de su accionariado.

c) La forma jurídica.

d) El perfil de riesgo.

e) El tamaño.

f) El estatuto jurídico.

g) La interconexión de la entidad con otras entidades o con el sistema financiero en general.

h) El ámbito y la complejidad de sus actividades.

i) La pertenencia a un sistema institucional de protección que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 113.7 del Reglamento (UE) número 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) número 648/2012, o a otros sistemas de solidaridad mutua de cooperación mencionados en el artículo 113.6 del mencionado reglamento.

j) La prestación de algún servicio o actividad de inversión en los términos definidos en el artículo 4, apartado 1, punto 2, de la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-11-08.

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