El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigencia agotada

Artículo 4. Vigencia de las habilitaciones de los centros de mantenimiento.

Artículo 4 de la Orden TMA/311/2020, de 1 de abril, por la que se disponen medidas para la gestión del mantenimiento de los vehículos ferroviarios en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2020-4231

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-02.

Texto consolidado

Las habilitaciones de los centros de mantenimiento que perdieran su vigencia en el periodo transcurrido entre el inicio del estado de alarma y hasta un mes posterior a su finalización, prorrogarán su vigencia de manera automática hasta tres meses después del levantamiento del estado de alarma, momento en el cual procederán a solicitar su renovación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-04-02.

Más artículos de Orden TMA/311/2020

En El Vínculo puedes leer Orden TMA/311/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.