Artículo 4. Competencias respecto al otorgamiento e inscripción del título de entidad colaboradora.
Artículo 4 de la Orden TED/934/2025, de 1 de agosto, por la que se desarrolla el régimen jurídico de las entidades colaboradoras de la Administración hidráulica en materia de seguridad de presas y embalses. · BOE-A-2025-17154
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-09-15.
Texto consolidado
Corresponde a la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante MITECO) otorgar el título de entidad colaboradora en materia de seguridad de presas y embalses que la autoriza para actuar como tal, así como realizar su inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras en materia de control de la seguridad de presas y embalses cuando su ámbito de actuación sea el establecido en el artículo 1.3 de esta orden.
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