Artículo 4. Medidas en materia de higiene y prevención.
Artículo 4 de la Orden SND/427/2020, de 21 de mayo, por la que se flexibilizan ciertas restricciones derivadas de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 a pequeños municipios y a entes locales de ámbito territorial inferior. · BOE-A-2020-5218
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-22.
Texto consolidado
La apertura de cualquiera de los establecimientos citados en esta orden estará condicionada al cumplimiento de las medidas generales y específicas en materia de higiene y prevención recogidas en la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo.
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