Artículo 4. Centro Universitario de la Guardia Civil.
Artículo 4 de la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil. · BOE-A-2013-2906
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-19.
Texto consolidado
Dependiente de la Dirección General de la Guardia Civil se encuentra el Centro Universitario de la Guardia Civil, con naturaleza de centro universitario público, cuya titularidad corresponde al Ministro del Interior. Este órgano es el responsable de impartir los estudios conducentes a la obtención de los títulos de carácter oficial, con validez en todo el territorio nacional, que se determinen.