Artículo 4. Principios que han de regir los procesos de calificación, valoración y posterior explotación.
Artículo 4 de la Orden PRE/266/2015, de 17 de febrero, por la que se establece el modelo y las normas reguladoras del Informe Personal de Calificación del Guardia Civil. · BOE-A-2015-1703
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-02.
Texto consolidado
1. Los procesos de calificación y valoración de los IPECGUCI, así como su posterior explotación, deberán estar inspirados en todo momento en los principios de transparencia, objetividad e imparcialidad.
2. Asimismo, será preocupación constante de todo mando la motivación y mejora en el rendimiento profesional de los subordinados en cuya calificación intervienen.