Artículo 4. Selección de alumnos.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-26.
Texto consolidado
1. Para la realización de cualquier curso de los regulados en esta orden, será seleccionado un número limitado de alumnos mediante evaluaciones previstas en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil (en adelante el Reglamento), y de acuerdo con lo establecido en la normativa que regula las evaluaciones y ascensos en la Guardia Civil.
2. La relación de los seleccionados para asistir al curso será publicada en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil» tras lo cual se abrirá un plazo de quince días para solicitar la renuncia a asistir al curso.
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- Ver la norma completa: Orden PCI/976/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los cursos de capacitación para el ascenso a los empleos de Coronel de la Escala Facultativa Superior, y de Teniente Coronel de la Escala Facultativa Técnica y de la Escala de Oficiales, de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.