Artículo 3. Situaciones administrativas del personal.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-26.
Texto consolidado
1. Para ser convocado para asistir a estos cursos de capacitación, será necesario encontrarse en alguna de las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales o excedencia por una de las causas previstas en el artículo 90.1d), e) y g) de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, del Régimen del Personal de la Guardia Civil, si bien en los párrafos e) y g) solo serán convocados durante los tres primeros años de permanencia en dicha situación.
2. El personal que asista a los cursos regulados por esta orden pasará o permanecerá en la situación de servicio activo, debiendo estar en condiciones de prestación del servicio para ser nombrado alumno por el Director del Centro.
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- Ver la norma completa: Orden PCI/976/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los cursos de capacitación para el ascenso a los empleos de Coronel de la Escala Facultativa Superior, y de Teniente Coronel de la Escala Facultativa Técnica y de la Escala de Oficiales, de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.