Artículo 4. Titularidad y gestión de la Sede.
Artículo 4 de la Orden JUS/485/2010, de 25 de febrero, por la que se crea la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. · BOE-A-2010-3609
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-06.
Texto consolidado
a) La titularidad de la sede electrónica corresponderá a la Subsecretaría del Departamento.
b) La gestión tecnológica de la sede será competencia de la División de Informática y Tecnologías de la Información.
c) Serán responsables de la gestión, de los contenidos y de los servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la sede los titulares de los centros directivos del Departamento, y en su caso de los Organismos que se incorporen a la sede. La responsabilidad se corresponderá con las competencias que cada uno de los titulares tenga atribuidas por la legislación vigente.
d) La gestión de los contenidos comunes de la sede y la coordinación con los centros directivos del Departamento y los Organismos incorporados, en su caso, a la sede corresponderá a la Subsecretaría del Departamento.