Artículo 4. Utilización del uniforme por el personal en situación de suspenso de empleo.
Artículo 4 de la Orden INT/77/2014, de 22 de enero, por la que se regula el uso general del uniforme del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2014-913
Atención: Orden INT/77/2014 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El personal que se encuentre en la situación administrativa de suspenso de empleo, sólo podrá vestir el uniforme correspondiente previa solicitud y concesión de autorización preceptiva.
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