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Orden Derogada

Artículo 4. Composición del Pleno.

Artículo 4 de la Orden INT/2605/2012, de 4 de diciembre, por la que se regula la composición y funciones de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio del Interior. · BOE-A-2012-14903

Atención: Orden INT/2605/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Comisión Ministerial de Administración Electrónica en Pleno estará constituida con carácter general por los siguientes miembros:

a) Presidente: El Subsecretario del Interior.

b) Vicepresidente: El Subdirector General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Subsecretaría.

c) Vocales:

El Subdirector General de Logística de la Dirección General de la Policía.

El Subdirector General de Apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil.

El Subdirector General del Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado (CICO) de la Secretaría de Estado de Seguridad.

El Subdirector General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad de la Secretaría de Estado de Seguridad.

El Subdirector General de Servicios Penitenciarios de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

El Gerente del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

Un representante de la Secretaría General Técnica, con nivel orgánico de Subdirector General o asimilado.

Un representante de la Dirección General de Política Interior, con nivel orgánico de Subdirector General o asimilado.

El Secretario General de la Dirección General de Tráfico.

El Subdirector General de Gestión de la Movilidad de la Dirección General de Tráfico.

El Subdirector General de Planificación, Operaciones y Emergencias de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.

El Subdirector General de Ayudas a Víctimas del Terrorismo y de Atención Ciudadana de la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo.

El Subdirector General de Recursos Humanos e Inspección de la Subsecretaría.

El Subdirector General Adjunto de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Subsecretaría.

d) Secretario: Un funcionario de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, designado por el Presidente, que asistirá a las reuniones con voz pero sin voto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-12-09.

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