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Orden Vigencia agotada

Artículo 4. Aplicación de impuestos indirectos.

Artículo 4 de la Orden FOM/898/2005, de 8 de abril, por la que se fijan las cuantías de los cánones ferroviarios establecidos en los artículos 74 y 75 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario. · BOE-A-2005-5755

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-10.

Texto consolidado

Sobre las cuantías que resulten exigibles en cada canon, se aplicarán los impuestos indirectos que graven la prestación de los servicios objeto de gravamen, en los términos establecidos en la legislación vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-04-10.

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