Artículo 4. Publicación y valoración de méritos generales a efectos de concurso.
Artículo 4 de la Orden de 10 de agosto de 1994 por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. · BOE-A-1994-18776
Atención: BOE-A-1994-18776 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Dirección General de la Función Pública incluirá, en la Resolución por la que dé publicidad a la convocatoria conjunta de cada concurso, relación individualizada de méritos generales acreditados e inscritos en el Registro de Habilitados Nacionales a la fecha de la mencionada resolución.
2. La puntuación que figure en dicha relación servirá de base a los tribunales para la valoración de los méritos generales de cada concursante, sin que sea posible acreditación adicional alguna por parte de los concursantes ni valoración distinta por parte del tribunal.
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