Artículo 4. Objetivos estratégicos.
Artículo 4 de la Orden CUL/3355/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de la Compañía Nacional de Teatro Clásico, como centro de creación artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. · BOE-A-2010-20013
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-30.
Texto consolidado
En el marco del presente Estatuto, el INAEM establece para la CNTC los siguientes objetivos estratégicos:
a) Ser la institución de referencia en la preservación, producción y difusión de la literatura dramaturgia española anterior al siglo XX, en todo el territorio del Estado, especializándose en el teatro barroco español y sus específicas características dramatúrgicas.
b) Poner en práctica una política sistemática de estrenos y giras que permita mostrar un repertorio, con el objetivo de difundir y facilitar a los ciudadanos el acceso a los títulos más representativos de nuestro patrimonio teatral áureo.
c) Consolidar los grandes títulos del repertorio y recuperar para la escena otras obras menos conocidas del patrimonio teatral clásico español, pero de gran valor artístico, con objeto de darlas a conocer a los ciudadanos.
d) Promover una presencia regular de la CNTC en los principales festivales y programaciones especializadas en el teatro clásico, con especial atención al Festival Internacional de Teatro Clásico de Almagro.
e) Promover la colaboración con profesionales de prestigio, en todas las facetas artísticas y oficios teatrales, con objeto de potenciar la formación especializada en el seno de la CNTC, con especial atención a programas como el de la Joven Compañía.
f) Cooperar con instituciones y compañías, públicas y privadas, nacionales y extranjeras, en proyectos singulares, en asociación o coproducción, al igual que exhibir en sede producciones de teatro clásico de compañías invitadas de referencia.
g) Impulsar iniciativas didácticas que faciliten el entendimiento de su programación artística, así como el desarrollar campañas de captación y sensibilización de nuevos públicos.
h) Garantizar la sostenibilidad financiera de la CNTC, tanto mediante la adecuada utilización de los recursos asignados como por la generación de recursos propios, tales como la obtención de patrocinios, la venta de localidades y cualquier otro ingreso susceptible de ser obtenido dentro del marco legal establecido.
i) Fomentar un entorno de trabajo en el que los profesionales de la CNTC se sientan implicados y motivados.
Más artículos de Orden CUL/3355/2010
- ← Artículo 3. Destinatarios de las actividades de la CNTC.
- → Artículo 5. Alta Dirección de la CNTC.
- Ver la norma completa: Orden CUL/3355/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de la Compañía Nacional de Teatro Clásico, como centro de creación artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.