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Orden Vigente

Artículo 4. Declaración de conformidad.

Artículo 4 de la Orden APM/205/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el aceite usado procesado procedente del tratamiento de aceites usados para su uso como combustible deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. · BOE-A-2018-2980

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-03.

Texto consolidado

1. El productor emitirá con cada envío de aceite usado procesado para su uso como combustible, una declaración de conformidad según el modelo que figura en el anexo II.

2. El productor transmitirá la declaración de conformidad al siguiente poseedor del envío de aceite usado procesado para su uso como combustible. El productor conservará una copia de la declaración de conformidad durante al menos tres años tras la fecha de su emisión y la pondrá a disposición de las autoridades competentes previa solicitud.

3. La declaración de conformidad podrá presentarse en formato electrónico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-03-03.

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