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Ley Foral Vigente

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley Foral 4/1987, de 23 de marzo, por la que se establece una compensación en el sistema de retribuciones de los funcionarios Médicos y ATS-DE titulares y de la Administración de la Comunidad Foral al servicio de la Sanidad Local, afectados por la implantación de las Estructuras de Atención Primaria en las Zonas Básicas de Salud. · BOE-A-1987-13330

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-03-26.

Texto consolidado

A efectos de derechos pasivos se tendrá en cuenta, además de los conceptos previstos en el apartado 2 del articulo 2.º de la Norma Reguladora de las Retribuciones de los Funcionarios Sanitarios Municipales de 16 de noviembre de 1981, la compensación establecida en el artículo 1.º

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-03-26.

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