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Ley Foral Vigente

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley Foral 19/1984, de 20 de diciembre, de la Cámara de Comptos de Navarra. · BOE-A-1985-1960

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-12-26.

Texto consolidado

1. La Cámara de Comptos tendrá como funciones propias:

a) Controlar las cuentas y la gestión económica del sector público de Navarra.

b) Asesorar al Parlamento en materias económico-financieras.

2. El Control sobre las cuentas y la gestión económica de las Entidades Locales de Navarra y Organismos o Entidades dependientes de las mismas, se efectuará conforme a lo que se disponga en una Ley Foral sobre Administración Local.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-12-26.

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