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Ley Foral Vigente

Artículo 4. Reserva de denominación.

Artículo 4 de la Ley Foral 17/2015, de 10 de abril, de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra. · BOE-A-2015-4953

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

Texto consolidado

Ninguna persona física o jurídica o entidad podrá utilizar los términos de Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra, Cámara Navarra de Comercio, Industria y Servicios o Cámara de Comercio, ni ningún otro que incluya los anteriores como parte de una denominación bajo la que una persona o entidad se haya constituido o ejerza o desarrolle funciones y operaciones, o que contenga términos similares de ser susceptibles de confusión en los términos indicados, sin perjuicio de las creadas o promovidas por voluntad de la propia Cámara para el cumplimiento de sus fines y de las Cámaras Oficiales de países extranjeros en España.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

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