Artículo 4. Principios.
Artículo 4 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia. · BOE-A-2021-5210
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-18.
Texto consolidado
1. Las medidas previstas por esta ley se interpretarán y se aplicarán de acuerdo con los siguientes principios:
a) Libertad de empresa y de establecimiento y prestación de servicios, de acuerdo con lo establecido en la Constitución española, en el derecho comunitario y en la normativa estatal aplicable.
b) Objetividad, eficacia, eficiencia, responsabilidad y coordinación de las actuaciones de las administraciones públicas de Galicia con competencias en materia de implantación de las iniciativas empresariales y de su financiación.
c) Planificación estratégica y gestión por objetivos, con el establecimiento de indicadores a tal efecto.
d) Buena regulación, que incluye la simplificación de la normativa autonómica y municipal que afecte a la implantación de las iniciativas empresariales y la eliminación de las cargas administrativas innecesarias o accesorias vinculadas a ella.
e) Desarrollo sostenible, entendido como el equilibrio entre la protección del medio ambiente y del patrimonio natural y cultural y el desarrollo económico y social.
2. En cumplimiento del principio de agilidad, las relaciones entre las administraciones públicas de Galicia y los órganos, organismos públicos y entidades vinculados o dependientes de ellas que se deriven de la aplicación de esta ley serán realizadas por medios electrónicos.