Artículo 4. Fines.
Artículo 4 de la Ley 9/2004, de 7 de diciembre, del Consejo Valenciano de Personas Mayores. · BOE-A-2005-948
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-10.
Texto consolidado
El Consejo Valenciano de Personas Mayores es el órgano consultivo y asesor de la Generalitat, en la definición, aplicación y seguimiento de las políticas de atención, inserción social y calidad de vida dirigidas al sector de población de personas mayores, entendiendo por tales a las personas mayores de 65 años y las de más de 60 años que hayan cesado en su actividad laboral o profesional.
El Consejo Valenciano de Personas Mayores promoverá una incorporación más activa de las personas mayores en la vida social, política y cultural. Asimismo, fomentará el respeto y la protección de los derechos de las personas en la Comunidad Valenciana.