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Ley Vigente

Artículo 4. Ámbito territorial.

Artículo 4 de la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León. · BOE-A-2003-8797

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-04.

Texto consolidado

Los Cuerpos de Policía Local solo podrán actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en los supuestos previstos en la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-05-04.

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