Artículo 4.
Artículo 4 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Organos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. · BOE-A-1987-14115
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-07-07.
Texto consolidado
Los órganos específicos de representación de los funcionarios públicos son los Delegados de Personal y las Juntas de Personal.