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Ley Vigente

Artículo 4. Relaciones con la Administración regional.

Artículo 4 de la Ley 8/2009, de 2 de noviembre, de creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Región de Murcia. · BOE-A-2011-2906

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-04.

Texto consolidado

Para el cumplimiento de sus fines institucionales o corporativos, el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Región de Murcia se relacionará con la Consejería competente en materia de sanidad o con aquel departamento de la Administración regional que determine el Consejo de Gobierno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-12-04.

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