Artículo 4.
Artículo 4 de la Ley 8/1986, de 6 de mayo, del Servicio Andaluz de Salud. · BOE-A-1986-12914
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-05-30.
Texto consolidado
1. El Servicio Andaluz de Salud se estructura en los siguientes órganos:
1.1 De dirección y gestión:
1,1.1 Superiores:
a) El Consejo de Administración.
b) El Director Gerente.
c) La Secretaria General y las Direcciones Funcionales que se establezcan.
1.1.2 Territoriales:
a) Las Comisiones Provinciales de Administración.
b) Las Gerencias Provinciales.
1.2 De participación:
Comisión de Seguimiento de la Gestión del Servicio Andaluz de Salud.
2. Los órganos y unidades del Servicio Andaluz de Salud, centrales y periféricos, dependerán orgánica y funcionalmente de los niveles superiores jerárquicos del mismo.