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Ley Vigente

Artículo 4. Formas de cooperación.

Artículo 4 de la Ley 7/2015, de 31 de marzo, por la que se regula el Estatuto de Capitalidad de la Ciudad de Mérida. · BOE-A-2015-4328

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-08.

Texto consolidado

1. En los sectores mencionados anteriormente, se deberá perseguir la eficacia y calidad en la gestión de los mismos en beneficio de todos los extremeños, que serán sus destinatarios finales.

El Ayuntamiento de Mérida y la Administración Autonómica se facilitarán recíprocamente la información y la cooperación que precisen para la satisfacción de los intereses públicos y para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.

2. El medio de cooperación habitual será el Convenio interadministrativo, pudiéndose utilizar, además, cualquier otra fórmula prevista en la normativa vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-08.

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