Artículo 4. Relaciones con la Administración general del País Vasco.
Artículo 4 de la Ley 7/2003, de 22 de diciembre, de creación del Colegio de Educadoras y Educadores Sociales del País Vasco. · BOE-A-2011-18550
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-31.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 56.1 de la Ley 18/1997, de 21 de noviembre, sobre el órgano administrativo de relación competente en los aspectos profesionales generales, institucionales y corporativos, el Colegio de Educadoras y Educadores Sociales del País Vasco se relacionará con la Administración general del País Vasco, en los aspectos relativos a los contenidos de su profesión, a través del departamento que ejerza las competencias en materia de asistencia social.