El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley 7/1990, de 30 de marzo, de creación del Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Cataluña. · BOE-A-1990-9594

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-04-26.

Texto consolidado

En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio se relacionará con el Departamento de Justicia o con los que tengan atribuidas las funciones en materia de colegios profesionales; en los aspectos relativos a la profesión, deberá relacionarse con el Departamento de Sanidad y Seguridad Social o con los que tengan competencias en la materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-04-26.

Más artículos de Ley 7/1990

En El Vínculo puedes leer Ley 7/1990 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.