Artículo 4. De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley.
Artículo 4 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. · BOE-A-2018-9268
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-05.
Texto consolidado
Los créditos aprobados en el apartado Uno del artículo 2 de esta Ley, que ascienden a 368.369.027,86 miles de euros se financiarán:
a) Con los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se detallan en los estados de ingresos correspondientes y que se estiman en 300.903.211,16 miles de euros; y
b) con el endeudamiento neto resultante de las operaciones que se regulan en el Capítulo I del Título V de esta Ley.