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Ley Vigente

Artículo 4. Dotación.

Artículo 4 de la Ley 5/2020, de 15 de julio, Reguladora del Fondo de Cooperación Municipal de Cantabria. · BOE-A-2020-9903

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-25.

Texto consolidado

1. La dotación inicial del Fondo asciende como mínimo a un importe de 15.202.024 euros, que se aplicará en el ejercicio correspondiente a la entrada en vigor de la presente ley.

2. Anualmente se consignará el crédito presupuestario en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

3. Cuando el Índice de Precios al Consumo anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria tenga carácter positivo en el mes de septiembre de cada año, se aplicará el mismo porcentaje que resulte para el ejercicio presupuestario siguiente respecto de la cuantía establecida del año en curso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-25.

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