Artículo 4. Derechos de los usuarios.
Artículo 4 de la Ley 5/2013, de 1 de octubre, audiovisual de las Illes Balears. · BOE-A-2013-11502
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-04.
Texto consolidado
Los usuarios de los servicios de comunicación audiovisual de las Illes Balears tienen los derechos que les reconoce la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de comunicación audiovisual, y los que se desarrollan en la presente ley.