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Ley Vigente

Artículo 4. Principios.

Artículo 4 de la Ley 5/2011, de 6 de octubre, del olivar de Andalucía. · BOE-A-2011-17494

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-08.

Texto consolidado

Los principios que inspiran la presente ley son:

a) Principio del cultivo racional y sostenible del olivar como recurso agrícola fundamental de Andalucía y soporte económico y social del medio rural.

b) Principio de interés compartido público-privado en el mantenimiento del cultivo y en el desarrollo de la cadena de valor derivada de él.

c) Principio del mantenimiento de las rentas en el medio rural olivarero, mediante la utilización, en su caso, asimétrica de los apoyos públicos.

d) Principio de adaptación al progreso técnico proporcionado por el desarrollo e implantación de los avances obtenidos por la investigación y la innovación en el sector.

e) Principio del interés histórico-cultural y social del cultivo del olivar y de sus productos derivados en Andalucía.

f) Principio de mantenimiento de la calidad del aceite, la aceituna de mesa y sus productos derivados en todo el proceso de cultivo, transformación y comercialización.

g) Principio del interés social del cultivo del olivar y sus productos derivados en Andalucía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-11-08.

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