Artículo 4. Órganos superiores.
Artículo 4 de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud. · BORM-s-2001-90010
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-22.
Texto consolidado
De conformidad con lo establecido en la Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia, tienen la condición de órganos superiores de dirección y gestión del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud:
a) El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) El Consejo de Administración.
c) El Director Gerente.