El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 4. Disposición general.

Artículo 4 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural. · BOE-A-2007-21493

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-03.

Texto consolidado

1. La programación de la acción de las Administraciones Públicas en relación con el medio rural perseguirá su adecuación al principio de desarrollo sostenible, de acuerdo con los objetivos señalados en el artículo 2 de esta Ley, y articulará las formas de colaboración interadministrativa en este ámbito.

2. El Consejo para el Medio Rural podrá elaborar criterios comunes para la colaboración entre las Administraciones Públicas en sus programaciones, y en especial para la aplicación del Programa de Desarrollo Rural Sostenible a que se refiere la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-03.

Más artículos de Ley 45/2007

En El Vínculo puedes leer Ley 45/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.