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Ley Vigente

Artículo 4. Beneficios fiscales.

Artículo 4 de la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021. · BOE-A-2021-1860

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Texto consolidado

Los beneficios fiscales que afectan a los tributos propios y a aquellos cuyo rendimiento se cede por el Estado a la Generalitat se estiman en 1.016.672.921 euros, de acuerdo con el siguiente detalle:

Euros

Comunidad

Estado

Total

Impuesto sobre sucesiones.

300.167.218

50.039.408

350.206.626

Impuesto sobre donaciones.

25.666.873

1.066.214

26.733.087

Impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas.

11.888.077

59.566.662

71.454.739

Impuesto sobre la renta de les personas físicas (tramo autonómico).

50.989.514

162.899.137

213.888.651

Actos jurídicos documentados.

5.505.222

112.702.682

118.207.904

Tributos sobre el juego.

0

9.000

9.000

Patrimonio.

54.493.959

132.262.745

186.756.704

Operaciones societarias.

67

32.129.134

32.129.201

Canon de saneamiento.

13.041.000

0

13.041.000

Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente.

46.981

0

46.981

Impuesto sobre eliminación de residuos en vertederos.

1.792.299

0

1.792.299

IVA.

0

2.305.540

2.305.540

Impuesto especial sobre alcohol y bebidas derivadas.

0

5.298

5.298

Impuesto especial sobre hidrocarburos: tipo general.

0

95.890

95.890

Total beneficios fiscales.

463.591.211

553.081.711

1.016.672.921

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

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