Artículo 4. Responsables de la percepción de las tasas.
Artículo 4 de la Ley 4/2002, de 4 de junio, de Tasas por Inspecciones y Controles Sanitarios de los Productos Pesqueros Destinados al Consumo Humano. · BOE-A-2002-12509
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-14.
Texto consolidado
Son responsables subsidiarios, en los supuestos y con el alcance previsto en el artículo 40 de la Ley general tributaria, los administradores de las sociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general que se dediquen a actividades cuya inspección y cuyo control generen el devengo de tasas.