Artículo 4. Derecho de información.
Artículo 4 de la Ley 4/1997, de 20 de mayo, de Protección Civil de Cataluña. · BOE-A-1997-14409
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-06-18.
Texto consolidado
1. Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a ser informados de los riesgos colectivos graves que pueden afectarles y de las medidas públicas para hacerles frente.
2. Las personas que puedan verse afectadas por situaciones de grave riesgo deben recibir información e instrucciones de forma amplia, precisa y eficaz sobre las medidas de seguridad a tomar y la conducta a seguir en caso de emergencia.