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Ley Vigente

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley 4/1994, de 24 de mayo, de Archivos y Patrimonio Documental de La Rioja. · BOE-A-1994-13807

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-06-17.

Texto consolidado

Integran el Patrimonio Documental de La Rioja los documentos de cualquier época, recogidos o no en archivos, producidos o reunidos en el ejercicio de sus funciones por:

a) Los órganos del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

b) La Diputación General de La Rioja.

c) Las entidades y órganos de la Administración Local.

d) Las personas físicas y jurídicas de carácter privado gestoras de servicios públicos en La Rioja, en cuanto a los documentos relacionados con la gestión de dichos servicios.

e) Las personas físicas al servicio de cualquier órgano de carácter público, en cuanto a los documentos producidos o recibidos en y por el desempeño de su cargo, dentro del territorio de La Rioja.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-06-17.

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