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Ley Derogada

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1993-14881

Atención: Ley 4/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Forman parte del patrimonio documental madrileño todos los documentos de archivo, recogidos o no en Centros de Archivo, generados en cualquier época, producidos, reunidos o conservados en el ejercicio de sus funciones por:

a) La Asamblea de Madrid.

b) Todos los órganos de Gobierno y de la Administración general e institucional de la Comunidad de Madrid.

c) Todas las Entidades de la Administración Local madrileña.

d) Las personas jurídicas en cuyo capital participe mayoritariamente la Comunidad de Madrid, así como las personas privadas, físicas o jurídicas gestoras de servicios públicos en la Comunidad de Madrid en cuanto a los documentos generados en la gestión de dichos servicios.

e) Los documentos producidos, conservados o reunidos en el ejercicio de sus funciones por las personas físicas en el desempleo de los cargos públicos en cualquiera de los órganos de los apartados anteriores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-04-30.

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