Artículo 4.
Artículo 4 de la Ley 4/1991, de 13 de marzo, de Creación como Entidad Autónoma de la Generalidad Valenciana, del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA). · BOE-A-1991-9614
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
1 La estructura básica del Instituto estará constituida por los siguientes órganos:
a) El Consejo Rector.
b) El Consejo Científico.
c) La Dirección.
d) La Gerencia.
e) Las unidades de investigación, de administración y de servicios técnicos.
2. El Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias estará regido por el Consejo Rector y la Dirección del Instituto.
3. La estructura y funciones de las unidades de investigación, de administración y de servicios técnicos se establecerán en el reglamento del instituto y como órganos de trabajo dependerán de la dirección del mismo.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-5482.