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Ley Vigente

Artículo 4. Procedimiento de urgencia para la revisión del grado de discapacidad en el caso de personas con ELA y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.

Artículo 4 de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible. · BOE-A-2024-22438

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-01.

Texto consolidado

1. La revisión del grado de discapacidad podrá solicitarse en cualquier momento a instancia de la persona interesada incluida en el ámbito de aplicación de esta norma.

2. En el supuesto al que se refiere el apartado anterior, se establece un plazo máximo de tres meses para la resolución de la revisión del grado de discapacidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-11-01.

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