Artículo 4. Gastos.
Artículo 4 de la Ley 3/2003, de 14 de marzo, sobre la orden europea de detención y entrega. · BOE-A-2003-5451
Atención: Ley 3/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los gastos ocasionados en territorio español por la ejecución de una orden europea de detención serán a cargo del Estado español. Los demás gastos correrán a cargo del Estado de emisión.