Artículo 4. Relaciones con la Administración.
Artículo 4 de la Ley 3/2001, de 26 de abril, de Creación del Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2001-11887
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-05-16.
Texto consolidado
En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Castilla-La Mancha se relacionará con la Consejería de Administraciones Públicas o con la que tenga atribuidas las competencias en materia de Colegios Profesionales; en todo lo que atañe a la profesión, el Colegio se relacionará con la Consejería de Sanidad o con la que tenga competencias en la materia.