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Ley Derogada

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley 3/1992, de 15 de julio, de Comunidades Baleares asentadas fuera del territorio de la Comunidad Autónoma. · BOE-A-1992-21159

Atención: Ley 3/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Gobierno promoverá la participación y la colaboración en la vida social y cultural de los baleares no residentes y, asimismo, de las comunidades válidamente reconocidas, a cuyo fin se crearán los cauces que permitan y faciliten una recíproca comunicación y un mutuo apoyo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-08-16.

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