Artículo 4. Voluntariedad de la colegiación.
Artículo 4 de la Ley 2/2016, de 14 de octubre, por la que se crea el Colegio Profesional de Logopedas de La Rioja. · BOE-A-2016-10358
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-10-20.
Texto consolidado
La incorporación al Colegio Profesional de Logopedas de La Rioja será voluntaria, en tanto la legislación estatal aplicable no establezca la obligatoriedad de la colegiación.