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Ley Vigente

Artículo 4. Universidad.

Artículo 4 de la Ley 2/2012, de 4 de abril, de apoyo a los emprendedores y las emprendedoras y a la micro, pequeña y mediana empresa. · BOE-A-2012-5844

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-15.

Texto consolidado

1. El Gobierno de las Illes Balears, con el máximo respeto a la autonomía universitaria, ha de promover la inclusión de módulos prácticos y teóricos con asignación de créditos universitarios dirigidos a fomentar la creación de empresas en todos los grados universitarios, de acuerdo con los criterios y conceptos que contenga el plan de acciones que desarrolle esta ley.

2. A su vez, el Gobierno de las Illes Balears ha de promover políticas públicas dirigidas al colectivo universitario a fin de dotarlo de asistencia técnica y asesoramiento financiero, en especial en actividades innovadoras, dentro de los criterios y conceptos que contenga el plan de acciones que desarrolle esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-04-15.

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