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Ley Vigente

Artículo 4. Adquisición.

Artículo 4 de la Ley 2/2008, de 14 de mayo, de Reestructuración del Sector Público Empresarial de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2008-10057

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-05-24.

Texto consolidado

1. El Gobierno de Aragón, mediante decreto adoptado a propuesta del consejero competente en materia de economía y hacienda, podrá acordar la incorporación de títulos societarios autonómicos a la Corporación Empresarial Pública de Aragón.

2. La Corporación Empresarial Pública de Aragón adquirirá el pleno dominio de los títulos societarios autonómicos que se incorporen a la misma desde la adopción del decreto correspondiente, que será documento acreditativo de la nueva titularidad, tanto a efectos del cambio de las anotaciones en cuenta y en títulos nominativos, como a efectos de cualquier otra actuación administrativa, societaria y contable que sea preciso realizar. Los títulos societarios autonómicos recibidos por la Corporación Empresarial Pública de Aragón se registrarán en su contabilidad por el mismo valor neto contable que tuvieran con el anterior titular en la fecha de aprobación del decreto correspondiente a su transmisión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-05-24.

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