El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 4. Principio de igualdad de oportunidades.

Artículo 4 de la Ley 2/2006, de 16 de mayo, de creación de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo. · BOE-A-2006-10424

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-25.

Texto consolidado

La Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo velará en su funcionamiento por el efectivo cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre todas las personas, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. En particular, trabajará activamente por la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, tendrá este objetivo en el diseño de sus proyectos y adoptará medidas de acción positiva necesarias para su consecución. Asimismo, atenderá especialmente a la protección de la infancia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-05-25.

Más artículos de Ley 2/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.