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Ley Vigente

Artículo 4. Definiciones.

Artículo 4 de la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de Ordenación del sector vitivinícola de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-11040

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-03.

Texto consolidado

1. Las definiciones de los conceptos y productos a que se refiere esta ley son las establecidas en la normativa de la Unión Europea y del estado así como las que se establezcan reglamentariamente por el gobierno a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

2. Asimismo y a los efectos de la presente ley, se entenderá por:

a) Parcela vitícola: superficie continua de terreno plantado de vid o cuya plantación de vid se solicita en un mismo año y en una misma variedad. Podrá estar formada por una o varias parcelas catastrales enteras, por parte de una parcela catastral o por una combinación de ellas.

b) Explotación vitícola: unidad técnico económica integrada por un conjunto de bienes y derechos organizados empresarialmente por su titular para el ejercicio de una actividad vitícola, principalmente con fines de mercado.

c) Productor vitivinícola: persona física o jurídica, agrupaciones de dichas personas, que intervienen profesionalmente en alguna de las siguientes actividades del sector vitivinícola: la producción de la uva como materia prima, la elaboración de vino, su almacenamiento, su crianza, su embotellado y su comercialización.

d) Marco de plantación: ordenación establecida para la disposición de las vides en la parcela vitícola.

e) Derecho de replantación: derecho a plantar vides reconocido por la Generalitat en una superficie equivalente en cultivo puro a aquellas que hayan sido o vayan a ser arrancadas en las condiciones fijadas en la presente ley.

f) Arranque: eliminación total de las cepas que se encuentran en un terreno plantado de vid.

g) Plantación: colocación definitiva de plantas de vid o partes de plantas de vid injertadas o no, con vistas a la producción de uva o al cultivo de vides madres de injertos.

h) Densidad de plantación: número de plantas de vid existentes en una parcela por unidad de superficie. En el Registro Vitícola la unidad utilizada es la hectárea.

i) Portainjerto: fracción de sarmiento enraizado y no injertado destinado a su utilización como patrón y cuya finalidad es proporcionar los órganos subterráneos de la planta.

j) Sobreinjerto: injerto efectuado sobre una vid ya injertada con anterioridad.

k) Injerto: fracción de sarmiento destinado a crear la parte aérea de la planta, cuya finalidad es proporcionar la variedad productiva.

l) Planta injerto: fracciones de sarmientos ensamblados mediante injerto en vivero y con la parte subterránea enraizada.

m) Cultivo puro: superficie de cultivo realmente ocupada por las vides o cepas, más la parte proporcional de calles y accesos que le corresponda de acuerdo con el marco de plantación.

n) Reposición de marras: es la reposición de cepas improductivas a causa de fallos de arraigo, o por accidentes físicos, biológicos o meteorológicos.

o) Pie franco: planta de producción directa, obtenida directamente de la variedad productiva a partir de sarmientos enraizados y en la que, por tanto, no se realiza la operación de injertado.

p) Vino: es el alimento natural obtenido exclusivamente por fermentación alcohólica, total o parcial, de uva fresca, estrujada o no, o de mosto de uva.

q) Consumidor: persona física o jurídica que adquiere, como destinatario final, un producto agroalimentario para ser consumido, sin destinarlo a ningún proceso industrial o comercial.

r) Certificación: reconocimiento por parte de un organismo y/o entidad independiente y competente técnicamente de que un producto, proceso o servicio cumple las exigencias determinadas por un documento normativo.

s) Control: operación necesaria para contrastar si un producto, proceso o servicio, cumple con un requisito.

t) Acreditación: reconocimiento por parte autorizada, autoridad u organismo, de la competencia técnica de una persona o entidad para la realización de una determinada actividad.

u) Trazabilidad: posibilidad de encontrar y seguir el rastro a través de todas las etapas de la producción, transformación y distribución de un producto vitivinícola.

v) Consejo Regulador: órgano de gestión de las denominaciones de origen y denominaciones de origen calificadas.

w) Vinificación: conjunto de operaciones y procesos realizados en la elaboración del vino.

x) Sector vitícola: conjunto de productores que conforman el sector productor representado, mayoritariamente, por las organizaciones profesionales agrarias y cooperativas.

y) Sector vinícola: conjunto de productores representativos de los procesos de elaboración, crianza, almacenamiento, circulación y comercialización del vino.

z) Sector vitivinícola: personas físicas o jurídicas que se dedican a la producción de uva y elaboración de vino.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-06-03.

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